Perpetró 11 robos violentos en Gandia y pide clemencia porque no quiere pasar en la cárcel más años que un asesino

Perpetró 11 robos violentos en Gandia y pide clemencia porque no quiere pasar en la cárcel más años que un asesino

Miguel Pérez | 27 May 2025

El juez Manuel Marchena, como magistrado del Supremo y ponente de la sentencia le ha denegado la acumulación de penas y le obliga a cumplirlas por separado, es decir, 10.473 días o lo que es lo mismo 28,6 años de privación de libertad.

Se quería pasar de listo. No le importaba hacer daño a personas desconocidas cuando les robaba con violencia por las calles de Gandia. O cuando les intimidaba para llevarse lo ajeno. Tampoco cuando arreaba a los Policías que lo detenían. Y mucho menos quebrantar órdenes judiciales. Esa es la ficha de quien, ahora, ha pedido clemencia al Tribunal Supremo.

 

Según ha podido saber COPE Gandia, este delincuente multirreincidente está preso en el Centro Penitenciario de Ocaña I, en Toledo, y no quiere pasarse más años en la cárcel que un asesino. Por ello, en junio pasado, solicitó al juzgado que se le refundieran las penas y así poder recortar sus años en prisión por los delitos que había cometido desde 2002 a 2007 y en los años 2016 y 2022. El juzgado se lo denegó y recurrió ante el Tribunal Supremo.

 

Hace varias de semanas el Supremo ha dictado sentencia donde le deniega la acumulación jurídica de las condenas debiéndolas cumplir por separado lo que suman 24 años, 55 meses y 63 días, es decir, 10.473 días o 28,6 años.

 

El tribunal deja claro que si hace caso al recurso presentado por el condenado ''se estaría alentando la expectativa de impunidad que implica haber alcanzado el límite máximo de cumplimiento'' por lo que ''todas las penas impuestas por hechos cometidos con posterioridad quedarían absorbidos por la susodicha acumulación y, en consecuencia, no habrían de cumplirse''.

 

En la argumentación  la sentencia pretende neutralizar lo que se ha venido a denominar como ''patrimonio punitivo''. Es decir, una suerte de privilegio que se ofrecería a la persona que, sabedora de que las penas ya impuestas han cubierto el límite máximo de cumplimiento previsto en la norma podría cometer nuevos delitos sin consecuencia punitiva alguna.

 

Aún así, el Supremo y sin perjuicio de la sentencia que ha dictado no admitiendo el recurso de casación del reo recalca que el hecho pone el foco una cuestión ''de alta relevancia Constitucional'' como es el riesgo de perpetuidad en el cumplimiento de las penas que puede derivarse de su acumulación aritmética ''sin ofrecer a la persona condenada, mecanismos posibles de revisabilidad de la situación prolongada de privación de libertad''.

 

Por todo ello, el Supremo no ha admitido el recurso de casación contra el auto de acumulación de condenas dictado el 4 de marzo de 2024 por el Juzgado de lo  Penal 1 de Gandia siendo la sentencia firme.
 

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