La Ley del solo sí es sí rebaja la pena de cárcel a un pederasta de la Safor tras violar a un niño de nueve años

La Ley del solo sí es sí rebaja la pena de cárcel a un pederasta de la Safor tras violar a un niño de nueve años

Miguel Pérez | 24 Oct 2023

La reforma legislativa le ha rebajado la pena a un hombre, de 33 años, tras aceptar que agredió sexualmente y de forma continuada a un menor de 9 años con discapacidad auditiva. La Fiscalía pedía 12 años por abuso sexual continuado y uno más de prisión por exhibición de material pornográfico. Ha aceptado diez años al aplicársele la condena más beneficiosa para el reo.

La Sección Segunda de la Audiencia de València ha celebrado el juicio contra un pederasta de la Safor acusado de agredir sexualmente y de forma continuada durante más de medio año a un niño de 9 años. El acusado ha aceptado de conformidad los hechos de los que se le acusa y de los 13 años a los que se enfrentaba ha quedado en 10 de cárcel y prohibición de acercarse a menos de 500 metros del menos por un plazo de ocho años; al pago de 25.000 euros en concepto de responsabilidad civil que pagará con lo que gane de su trabajo dentro del centro penitenciario.

 


El acusado, durante el juicio, se mostró en todo momento arrepentido y dijo que ''quería pedir perdón a la familia del menor y a él'' señalando que actuó ''movido por el ánimo de satisfacer mis más bajos apetitos sexuales''. Admitió haber tenido sexo con penetración con el menor de nueve años, aprovechando la relación de amistad íntima que tenía con los padres de la víctima quienes incluso llegaron a considerarlo como un hermano mayor.

 

Los hechos sucedieron en un municipio de la Safor que COPE Gandia omite para preservar el anonimato del menor, entre los meses de marzo de 2020 y noviembre de 2021. El acusado, de 33 años de edad, se aprovechaba de las visitas frecuentes al domicilio del menor y por la amistad que mantenía con la familia, para realizarle algunos tocamientos al niño. Incluso hasta en varias ocasiones llegaba a quedarse a dormir en la vivienda llegando también a compartir habitación con el niño. Tras las agresiones sexuales le decía al menor de nueve años que no contara nada dado que era ''un secreto'' entre los dos.

 

Para rebajar la pena, el tribunal también ha tenido en cuenta que no hubo intimidación por parte del acusado para llevar a cabo la violación. Aunque había sido calificado como un delito continuado de abuso sexual con acceso carnal sobre persona menor de 16 años, al serle más favorable la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como Ley de solo sí es sí o Ley Montero, se le cambia la tipificación del delito por agresión sexual y con ello se le rebaja la pena a los diez años y medio de cárcel.

 

El Fiscal ha señalado que, debido a la hipoacusia que padece el niño, éste presenta diferencias en su desarrollo cognitivo y emocional, por lo que ''algunos de los problemas emocionales o de conducta que muestra la víctima, podrían asociarse directamente con las experiencias abusivas sufridas de manera continuada''.

 

La sentencia es firme al haber acuerdo de conformidad entre las partes. Se le ha aplicado la ley del solo sí es sí dado que es más beneficiosa para el reo pese a calificarlo de agresión sexual y no de abusos.

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