
Estafa a un taxista de Gandia tras pedirle que le lleve a un club de alterne
Ondanaranjacope | 24 Mar 2020
El Juzgado de Instrucción Nº 1 de Gandia condenó al cliente por un delito leve de estafa y tras recurrir la sentencia, ahora la Audiencia de València ha ratificado todos los extremos y además deberá pagar las costas judiciales del recurso de alzada.
Los hechos ocurrieron el 21 de enero de 2019 cuando, sobre las cuatro y media de la tarde un taxista que se encontraba en la parada de la avenida del Marqués de Campo, frente a la Renfe de Gandia, esperando que llegara algún cliente, subió una persona que solicitó que lo llevara al club de alterne El Quijote, en las proximidades de Gata de Gorgos. El taxista llevó al cliente hasta el lugar indicado y éste le dijo que debía esperarle para llevarle de nuevo a Gandia.
Sobre las dos de la madrugada y, al no tener noticias del cliente, el taxista se apeó del vehículo y preguntó al vigilante del club de alterne El Quijote si estaba en el interior su cliente. El vigilante contestó que ya no quedaba nadie en el interior del establecimiento por lo que el taxista decidió llamar al teléfono móvil del cliente. La llamada la atendió otra persona que manifestó desconocer por quién preguntaba por lo que el taxista decidió regresar a Gandia e interponer la correspondiente denuncia por el impago de la carrera que ascendía a 181,40 euros.
En el juicio, celebrado en al Juzgado de Instrucción Nº 1 de Gandia se condenó al cliente como autor de un delito leve de estafa a la pena de multa de tres meses a razón de 10 euros diarios y a que indemnice al taxista con los 181,40 euros de la carrera, con expresa imposición de las costas procesales al condenado.
El cliente estafador no conforme con la sentencia del juzgado de Gandia decidió presentar recurso ante la Audiencia de València. Ha querido explicar que el taxista que le ha denunciado no es el titular de la licencia; y que salió del club de alterne y el taxista no estaba. El Fiscal ha impugnado el recurso, entre otras cosas, porque el denunciado no niega ni la prestación del servicio ni el impago del mismo, aduciendo que el taxista es el verdadero perjudicado, con independencia de si es o no el titular del taxi, por cuanto de no pagarse la carrera le sería detraída de su sueldo.
La Audiencia de València ha desestimado el recurso y ha confirmado la sentencia del Juzgado Nº 1 de Gandia y además le impone las costas del recurso de alzada.
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