Condenan al Ayuntamiento de Tavernes a devolver unos terrenos a sus dueños

Condenan al Ayuntamiento de Tavernes a devolver unos terrenos a sus dueños

Ondanaranjacope | 21 May 2019

Los vecinos recurrieron, primero ante el ayuntamiento y posteriormente ante la Justicia. Ahora el juzgado de lo Contencioso-Administrativo de València les ha dado la razón y condena al Ayuntamiento y a la empresa BM Urbamarina SL como codemandada, a la devolución de los terrenos en ka Ronda Playa Sector 13 La Marina.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo Nº 9 de València ha dado la razón a los propietarios de terrenos de la Ronda Playa Sector 13 La Marina y obliga al Ayuntamiento de Tavernes de la Valldigna a que devuelva los terrenos expropiados a sus legítimos propietarios. En el mismo juicio figura como codemandada la mercantil BM Urbamarina SL.


El tribunal ha estimado el recurso que interpusieron los afectados contra la decisión del consistorio vallero y ha declarado no conformes a derecho y, por tanto, procedido a anular los actos administrativos y resoluciones que dictó el Ayuntamiento de Tavernes en mayo, julio, octubre y noviembre de 2017.


Los demandantes interpusieron el recurso de impugnación ante los acuerdos adoptados por el gobierno vallero con respecto a la ocupación directa de terrenos de la red primaria Ronda Playa de la localidad.


El tribunal deja claro que el expediente de ocupación directa había caducado y que ''se observa una falta de diligencia en la tramitación del expediente por parte del ayuntamiento, ya que se tardó casi un mes y medio en remitir la notificación inicial a los interesados'' añadiendo además que ''el proyecto de ocupación directa no fue redactado hasta el 2 de mayo de 2017, cuando ya habían transcurrido casi cuatro meses desde la providencia de incoación''.


De hecho la Sala da la razón a los vecinos al estimar su recurso pero no se limita solo a anular los actos administrativos impugnados sino también a reconocer la situación jurídica individualizada de los demandantes, es decir, su derecho a recuperar los terrenos que en su día fueron ocupados. En el caso que no fuera posible recuperarlos, se deberá indemnizar a los afectados.


La sentencia no es firme y contra la misma se puede interponer un recurso de apelación en el plazo de 15 días.

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