Demoledora sentencia que da la razón a Ana Morell en las obras de su vivienda
Carmen Berzosa | 27 Jul 2022
El Tribunal Superior de Justicia no solo reconoce que las obras que realizara en su día Ana Morell y su marido en la vivienda ubicada en la calle Les Tendes se ajustan a derecho, sino que pone en cuestión los motivos por los que la alcaldía solicitó informes externos para interponer un proceso judicial contra las obras
Es la tercera sentencia que viene a dar la razón a Ana More (o a su marido) en el tema de la licencia de obras de su vivienda en la calle Les Tendes, que fue motivo de grave conflicto en la pasada legislatura con el otorgamiento de licencia para su posterior revocación por parte de la Junta de Gobierno. Era además, uno de los principales escollos que había que salvar para normalizar las relaciones entre PSOE y Compromis de cara al pacto de gobierno al que al final se llegó por la imposición de los partidos desde Valencia.
El tema ha sido largo y en muchos momentos, desde el punto de vista periodístico, un tanto tedioso por aquello de que se cuestionaban actos administrativos como si la licencia la concedía uno u otro órgano o si la revocaba el alcalde o la Junta de Gobierno,
Ahora, tras dos sentencias previas que daban la razón a la secretaria de los socialistas olivenses, se ha producido una tercera, que no solo da validez a las obras realizadas en la vivienda de Morell, sino que viene a cuestionar seriamente los motivos por los que la alcaldía solicitó informes a un gabinete jurídico externo al consistorio que permitieran justificar la revocación de la licencia de obras, cuando el propio consistorio contaba con varios informes de técnicos municipales que daban validez a las obras y argumentaban los motivos.
En la sentencia ahora conocida, se reconoce que hubo irregularidades en las obras que fueron inmediatamente subsanadas por la propiedad de la vivienda, el escollo, parece ser que fueron las obras que modificaron un patio de 12m2 y que la letrada contratada por la alcaldía de Oliva, ostentada en aquel momento por David González, consideraba que incumplía con la protección establecida por el PGOU de Oliva, y que tanto los técnicos municipales, como ahora el tribunal, consideran que sí se ajustaban a derecho y cumplían con el PGOU ya que el patio no era original de la vivienda y por tanto no era un elemento identificatorio de la misma ni sujeto a ningún tipo de protección.
El tribunal deja entrever que los motivos por los que se recurren a estos servicios no tienen que ver con la objetividad de los funcionarios municipales, sino con otras cuestiones en la que no entra la sentencia.
El texto sí reconoce que la Junta de Gobierno no era la indicada para revocar la licencia de obra, pero que como actuó por delegación del alcalde, el acto es considerado válido, aunque hace responsable directamente de la decisión a la alcaldía y por tanto de por válida la revocación de la licencia, para acto seguido asegurar que dicha resolución no se ajustaba a derecho, ya que los informes de los técnicos municipales avalaban la concesión inicial de la licencia y por tanto da por válida la misma dando así la razón a Ana Morell y su esposo.
Eso sí, el proceso, que ha sido largo, no solo llegó a enturbiar las relaciones entre los ahora socios de gobierno, sino que puso en entredicho tanto la actuación del departamento de urbanismo de Oliva, como de la propia secretaria general de los socialistas, que ahora ven cómo el tribunal les da la razón y condena a costas al consistorio.
La sentencia no es firme, porque contra ella aun cabe el recurso de casación y por tanto habrá que espera a ver la decisión del consistorio, que de momento no se ha pronunciado. Tampoco lo ha hecho la propia Ana Morell, que ha recibido la sentencia estando en vacaciones. Quién sí se ha pronunciado es la agrupación socialista de Oliva, que han reiterado su apoyo a Morell y su confianza en sus actuaciones
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